Desde el año 1999 el Ayuntamiento de Torrevieja convoca estas ayudas a aquellas parejas que contrajeron matrimonio por cualquier rito legal, y adquirieron una vivienda donde fijar su residencia habitual. El alcalde ha informado que las condiciones para optar a estas ayudas de 3.000 euros son: estar empadronado uno de los dos cónyuges, por lo menos, en el Municipio de Torrevieja durante los dos últimos años, y ambos en el momento de presentar la solicitud. Asimismo no podrán tener otras viviendas a su nombre, acreditándose con certificado del Registro de la Propiedad expedido para ambos cónyuges y declaración jurada. No podrán vender la vivienda en un plazo de 5 años y deberán destinarla a vivienda habitual durante el mismo periodo, y por último, haber contraído matrimonio durante el año 2007 (por cualquier rito legal), acreditándose con Partida de Matrimonio expedida por el correspondiente Registro Civil o fotocopia compulsada del Libro de Familia.
En la entrega de solicitudes deben presentar también el contrato de compra o escritura pública de la vivienda, y si no han adquirido la vivienda deberán presentar justificantes que acrediten la construcción por su cuenta de dicha vivienda y que es propiedad de los solicitantes. La entrega de las solicitudes debe hacerse en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Torrevieja, mientras que el cotejo y revisión de la documentación se realiza en el Centro de Información y Animación Juvenil (CIAJ).
El alcalde destacó que el crédito presupuestario previsto por el Ayuntamiento de Torrevieja para la presente convocatoria de 2007 es de 420.000 euros. Los interesados pueden disponer del bando y del formulario de solicitud de estas ayudas a través de la página web de la Concejalía de Juventud, www.ciaj.es.