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Sociedad     Viernes, 19 de Octubre de 2007

Abierto El Plazo Para Las Solicitudes Del Bando De Las Ayudas A Jubilados Y Pensionistas

El Ayuntamiento aumenta en esta nueva convocatoria un 50% las ayudas, pasando de 200 a 300 euros. Por primera vez las solicitudes podrán solicitarlas, cumplimentarlas y entregarlas, además de en el Registro del Ayuntamiento, en las Casas de la Tercer Edad y la Oficina de Atención al Ciudadano, ubicada en la Concejalía de Participación Ciudadana

El alcalde de Torrevieja, Pedro Hernández Mateo, junto con la concejal de Bienestar Social y Tercera Edad del Ayuntamiento de Torrevieja, María Dolores Canales, ha presentado en la mañana de hoy el Bando Municipal de Ayudas de pago único de 300 euros a la Tercera Edad.

Hernández Mateo ha anunciado que como ya se comprometió el equipo de Gobierno antes de las elecciones municipales, se ha incrementado estas ayudas en un 50% para el presente ejercicio 2007, por lo que pasan de 200 a 300 euros anuales. Un aumento que el alcalde de Torrevieja cree necesario y de justicia para este importante sector de la sociedad torrevejense.

En el año 2006 la Concejalía de Bienestar Social Igualdad y Tercera Edad ha contabilizado un total de 2.334 solicitudes, de las cuales ya han sido tramitadas un 96%, habiéndose abonado a día de hoy 1.999 expedientes, mientras que han sido denegadas 225 solicitudes.

Hernández Mateo ha informado que desde hoy viernes, 19 de octubre y hasta el 15 de diciembre, podrán solicitar, cumplimentar y entregar en el Ayuntamiento de Torrevieja, las Casa de la Tercer Edad y la Oficina de Atención al Ciudadano, ubicada en la Concejalía de Participación Ciudadana (antiguo Ayuntamiento) esta ayuda todos aquellos pensionistas que cumplan los requisitos exigidos, entre los que se encuentran: ser preceptor de una pensión por Jubilación, Viudedad, Orfandad, a favor de Familiares o Incapacidad Permanente. También podrán solicitar esta ayuda quienes sean mayores de 60 años, acreditar la separación matrimonial, y aunque no sea pensionista perciba una pensión de carácter compensatorio a cargo de su excónyuge, careciendo por tanto de otros ingresos propios.

Asimismo, es requisito indispensable figurar en el Padrón Municipal de Habitantes un mínimo de 2 años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud. No percibir el solicitante ingresos económicos superiores a 1´5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples vigente en el año 2007, esto es, un importe de 10.483´20 euros anuales.

También entre los requisitos exigidos se encuentran no disponer el solicitante de bienes. A estos efectos no se contabilizará la vivienda habitual y una plaza de garaje, siempre previa acreditación. Sólo se concederá a un solicitante dentro de cada unidad de convivencia. En caso de fallecimiento del solicitante con anterioridad a recibir la notificación de la resolución de la solicitud presentada, podrá percibir esta ayuda de pago único para el ejercicio 2007, el cónyuge o viudo/a, siempre que los ingresos de este último no superen el límite establecido en el punto 3 de este Bando.

Por último, el alcalde de Torrevieja indicó que como en años anteriores la cantidad presupuestada para las ayudas de este Bando Municipal es abierta para poder cubrir a todas aquellas personas que cumplan los requisitos exigidos.



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