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Política     Lunes, 8 de Octubre de 2007

Manolo Vera Condenado

El concejal socialista, Manuel Vera Quiles, ha sido condenado por el juzgado de lo penal número uno de Orihuela, al pago de 1.500 euros de indemnización al concejal del Partido Popular, José Eduardo Gil Rebollo, a quien acusó en septiembre de 2002 de haber disfrutado unas vacaciones sufragadas por un proveedor municipal.

La jueza, María del Mar Azuar Fernández, magistrada del juzgado de lo penal nº4 de Orihuela, ha resuelto condenar por un delito de injurias al concejal del PSOE, ManuelVera Quiles, quien el 11 de septiembre de 2002 manifestó, según la juez "con temerario desprecio a la verdad en una rueda de prensa ante diversos medios de comunicación", que el edil del Partido Popular, José Eduardo Gil Rebollo,"había ido de vacaciones en un crucero por el Mediterráneo, costeado por un proveedor del ayuntamiento", menoscabando por tanto con tal expresión , el honor del edil popular, tal y como entendió Gil Rebollo quien presentó en su momento la pertinente querella contra el edil socialista.

La querella presentada en un principio por el concejal del PP fue archivada en octubre de 2003 por el Juzgado de Instrucción número 4 de Torrevieja y recurrida luego a la Audiencia de Alicante, al entender el abogado de Gil Rebollo que las actuaciones denunciadas "podrían suponer un delito de calumnias propagadas con publicidad".

Tras conocerse la sentencia los abogados defensores de ambas partes, alcanzaron en principio un acuerdo por el que, al parecer, el concejal Vera Quiles aceptaba efectuar una rectificación pública que no se ha realizado y que los letrados de la acusación consideran que no se ha llevado a cabo, aunque el abogado defensor del edil socialista cree que no se ha incumplido ya que desde que fue conocida la
sentencia Vera Quiles no ha intervenido en pleno ni en rueda de prensa.

La sentencia, contra la que no cabe recurso,condena a Manuel Vera Quiles a seis meses de multa a razón de una cuota diaria de seis euros y a que indemnice a Eduardo Gil Rebollo en la cantidad de 1.500 euros y al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.



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